La Junta General del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote acuerda consolidar la Evaluación Preliminar de los Riesgos de Inundación del Tercer ciclo del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de Lanzarote
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10/11/2025

La Junta General del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, y en sus Reglamentos de desarrollo, así como en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, hace saber que en la sesión ordinaria de la Junta General, celebrada el miércoles 15 de octubre de 2025, adoptó el siguiente Acuerdo:
«Primero.- Desestimar, con base en las justificaciones técnicas recogidas en el documento objeto de consolidación, las aportaciones, sugerencias y alegaciones recibidas dentro del trámite de información pública practicado por plazo de 3 meses mediante anuncio n.º 462, publicado en el Boletín Oficial de Canarias de Canarias n.º 23, del martes 4 de febrero de 2024, presentadas por la Asociación Insular de Empresarios de Hoteles y Apartamentos de Lanzarote (ASOLAN) y por la Federación Turística de Lanzarote y La Graciosa (FTL8), dado que estas no corresponden a la fase de la tramitación de la Evaluación Preliminar de los Riesgos de Inundación ni a los ciclos de planificación objeto de estudio, sin perjuicio de su incorporación en las siguientes fases del proceso de planificación.
Segundo.- Estimar, con base en las justificaciones técnicas recogidas en el documento objeto de consolidación, las aportaciones, sugerencias y alegaciones recibidas dentro del trámite de información pública practicado por plazo de 3 meses mediante anuncio n.º 462, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 23, del martes 4 de febrero de 2024, presentadas por la Dirección General de Aguas de la Consejería de Política Territorial,
Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, e incorporadas al documento de consolidación con las correspondientes correcciones e incorporación de ficha/plano adicional.
Tercero.- Tomar en razón, con base en las justificaciones técnicas recogidas en el documento objeto de consolidación, las aportaciones, sugerencias y alegaciones recibidas dentro del trámite de información pública practicado por plazo de 3 meses mediante anuncio n.º 462, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 23, del martes 4 de febrero de 2024, presentadas por la Subdirección General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructuras del Ministerio de Defensa del Gobierno de España, por la Dirección General del Sector Ferroviario del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible del Gobierno de España y por la Dirección General de Aguas de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, dado que no se aportan ni sugerencias ni alegaciones que impliquen cambios o mejoras al documento.
Cuarto.- Aprobar el documento técnico denominado “Revisión de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI 3.er Ciclo) de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote. Julio 2025”, tras haber practicado el procedimiento legalmente previsto en la normativa aplicable y que consolida la fase de revisión y actualización de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación de tercer ciclo del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote.
Quinto.- Publicar el presente Acuerdo mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme a lo previsto en los artículos 7.4 y 21.1 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.
Sexto.- Notificar el presente Acuerdo a las entidades participantes en el proceso de información y consulta pública».