ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA | SOLICITUDES

RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y VERTIDO DE AGUAS DEPURADAS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de Control de Vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico (aprobado mediante el Decreto 174/1994, de 29 de julio), las autorizaciones de depuración y vertido se otorgan por un plazo de 5 años. En este sentido, se deberá solicitar al Consejo Insular de Aguas de Lanzarote la renovación de la autorización de depuración y vertido por un plazo análogo.

Para ello, siempre que no se hayan producido modificaciones respecto a las condiciones por la que se otorgó inicialmente la autorización objeto de renovación, solo se tendrán que presentar las preceptivas declaraciones responsables (de no modificación y de no aportación de sustancias tóxicas y/o contaminantes al efluente), así como, la solicitud de renovación, cuyos modelos se le facilitan a continuación.

Asimismo, sólo en caso de que se hayan producido modificaciones (rellenar declaraciones responsables tras haber sufrido cambios) respecto a las condiciones por la que se otorgó la autorización objeto de renovación, deberá aportarse, además de los formularios indicados anteriormente, la documentación mínima necesaria para la tramitación de la solicitud y que ha sufrido modificación, para lo que se le facilitan los modelos disponibles a continuación; y que será la siguiente:

Solicitud de autorización mediante modelo oficial(1) del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote.
Datos del propietario de la instalación, indicando teléfono de contacto, nombre y apellidos completo, CIF, correo electrónico para notificaciones, y en su caso, del representante.
Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos en los que se produce el vertido de aguas depuradas y en el que se ubica la instalación, o en su caso, cesión de los mismos.
Proyecto técnico de la planta depuradora de aguas residuales redactado por técnico competente, (en el que se incluya, además del contenido mínimo establecido por la legislación vigente, una descripción de las instalaciones con especial detalle para el sistema de depuración empleado (Pre-tratamiento, tratamiento primario, tratamiento secundario, tratamiento terciario, post-tratamiento), sistema de vertido con los caudales previstos y medidas correctoras…), identificación mediante Coordenadas UTM según Sistema de Información Geográfica del Gobierno de Canarias del punto de vertido.
Autorización del Gobierno de Canarias como pequeño / gran productor de lodos de depuradora (solo en caso de que ya estuviese en funcionamiento).
Estudio Hidrogeológico.
Formulario cumplimentado de la declaración de vertido según Orden AAA/2056/2014, de 27 de octubre.
Actividad de la que proceden los efluentes (código CNAE).
Declaración responsable(2) en la que se indique que no se aportan al efluente de vertido sustancias tóxicas o contaminantes.

La solicitud deberá presentarse por los medios electrónicos que se encuentran a su disposición en la sede electrónica del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, o mediante los medios previstos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, siendo necesario, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la anteriormente citada Ley, la identificación del interesado o representante legal debidamente acreditado, así como, el uso de firma electrónica.

ENLACES DE DESCARGA:

(1) Solicitud para la renovación de la autorización de depuración y vertido de aguas depuradas
(2) Declaración responsable por la que se manifiesta que no se aportan sustancias tóxicas ni contaminantes al efluente

(3) Rellenar en su caso, el modelo de declaración responsable que corresponda según si no se han sufrido cambios (opción A) o si se han sufrido cambios (opción B) de la autorización inicial:

Acceso a la Sede Electrónica