Cualquier aprovechamiento del Dominio Público Hidráulico (exceptuando las aguas superficiales mientras discurran por sus cauces naturales para beber, bañarse y otros usos domésticos), conforme a lo dispuesto en la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias y en sus Reglamentos, requiere de autorización/concesión administrativa del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote.

Para descargar el modelo de solicitud y la documentación mínima exigida, seleccione de la lista inferior el tipo de expediente para el que quiera realizar su petición. La documentación exigida para la tramitación de los expedientes se presentará en papel y formato digital en las oficinas del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote.

CAPTACIÓN DE AGUA, DESALACIÓN, ALMACENAMIENTO Y VERTIDO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias el alumbramiento de aguas subterráneas se realizará a través de los…

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DEPURACIÓN Y VERTIDO DE AGUAS DEPURADAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, la producción industrial de agua, entre la que se incluye la depuración de aguas requiere de autorización del…

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REUTILIZACIÓN DE AGUAS DEPURADAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas, para uno o varios de los usos al que se va a destinar…

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PERMISO DE INVESTIGACIÓN ASOCIADO A UN FUTURO APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DE ORIGEN MARINO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias el alumbramiento de aguas…

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USO DE POZOS DE CAPTACIÓN DE AGUA Y POSTERIOR VERTIDO DE AGUAS SIN TRATAMIENTO
Una vez conclusa la investigación realizada previamente sujeta al trámite de ejecución de un permiso de investigación con el fin de estudiar la viabilidad para un futuro aprovechamiento de aguas subterráneas de origen marino la captación requiere ….

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USO DE POZOS DE CAPTACIÓN DE AGUA Y POSTERIOR VERTIDO DE AGUAS SIN TRATAMIENTO (ENERGÍA GEOTÉRMICA, LLENADO Y VACIADO DE PISCINAS, Y ASIMILABLES)
Una vez conclusa la investigación realizada previamente sujeta al trámite de ejecución de un permiso de investigación con el fin de estudiar la …

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DEPÓSITOS PARA EL ALMACENAMIENTO DE AGUA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, la instalación de depósitos de capacidad superior a 1.000 metros cúbicos, de más de 5 metros de altura y los destinados al servicio de terceros requieren autorización…

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RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE CAPTACIÓN DE AGUA, DESALACIÓN, ALMACENAMIENTO Y VERTIDO DE SALMUERA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo…

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RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE DEPURACIÓN Y VERTIDO DE AGUAS DEPURADAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de Control de Vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico…

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RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN REUTILIZACIÓN DE AGUAS DEPURADAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 1820/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de…

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RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE USO DE POZOS DE CAPTACIÓN DE AGUA Y POSTERIOR VERTIDO DE AGUAS SIN TRATAMIENTO (ENERGÍA GEOTÉRMICA, LLENADO Y VACIADO DE PISCINAS, Y ASIMILABLES)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo…

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