De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, se requiere autorización de este Consejo Insular de Aguas de Lanzarote. Con ajuste a lo desarrollado tanto para la captación como el vertido respectivamente por el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (aprobado mediante el Decreto 86/2002, de 2 de julio) y el Reglamento de Control de Vertidos (aprobado por el Decreto 174/1994 de 29 de julio). En este sentido, se deberá solicitar al Consejo Insular de Aguas de Lanzarote la renovación de la autorización de uso de pozos de captación y vertido de aguas sin tratamiento.
Para ello, siempre que no se hayan producido modificaciones respecto a las condiciones por la que se otorgó inicialmente la autorización objeto de renovación, solo se tendrán que presentar las preceptivas declaraciones responsables (de no modificación), así como, la solicitud de renovación, cuyos modelos se le facilitan a continuación.
En caso que se realice un cambio de ubicación de los pozos preexistentes deberá presentarse su correspondiente proyecto de investigación de los nuevos pozos (seguir el trámite correspondiente a ejecución de un permiso de investigación con el fin de estudiar la viabilidad para un futuro aprovechamiento de aguas subterráneas de origen marino).
Solo en el caso que se hayan sufrido modificaciones que no sea la anteriormente indicada (cambio de ubicación de pozos) se debe rellenar declaración responsable tras haber sufrido cambios respecto a las condiciones por la que se otorgó la autorización inicial objeto de renovación, debiendo ir acompañado de la documentación que corresponda.
Solicitud de autorización mediante modelo oficial(1) del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote. |
Datos del propietario de la instalación, indicando teléfono de contacto, nombre y apellidos completo, CIF, correo electrónico para notificaciones, y en su caso, del representante. |
Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos, instalaciones en los que se pretende instalar, según los términos previstos por la legislación vigente, o en su caso, cesión de los mismos. |
Proyecto técnico con la propuesta de uso del agua y posterior vertido, en el que se introduzcan las modificaciones efectuadas. |
La solicitud deberá presentarse por los medios electrónicos que se encuentran a su disposición en la sede electrónica del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, o mediante los medios previstos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo necesario, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la anteriormente citada Ley, la identificación del interesado o representante legal debidamente acreditado, así como, el uso de firma electrónica.
Una vez revisada la documentación presentada, cuando se estime necesario, se podrá requerir a la persona solicitante la aportación de documentos complementarios y/0 aclaraciones sobre lo ya presentado que se precise para la correcta tramitación de la solicitud.
ENLACES DE DESCARGA:
(1) Solicitud de autorización mediante modelo oficial |
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(2) Rellenar en su caso, el modelo de declaración responsable que corresponda según si no se han sufrido cambios (opción A) o si se han sufrido cambios (opción B) de la autorización inicial:
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A. Declaración responsable por la que se manifiesta que NO se aportan cambios respecto de la autorización inicial -
B. Declaración responsable por la que se manifiesta que se han sufrido cambios respecto de la autorización inicial y se aporta la documentación
Acceso a la Sede Electrónica |
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