El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de Control de vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico (aprobado por el Decreto 174/1994, de 29 de julio),
HACE SABER.
Que examinada la solicitud presentada por D. Jesús Luis Pascual González, actuando en representación del Parque Nacional de Timanfaya, relativa a la renovación de la autorización de depuración y vertido de la planta depuradora individual ubicada en las instalaciones del Centro de Visitantes e Interpretación de Mancha Blanca, en el Parque Nacional de Timanfaya, perteneciente al municipio de Tinajo de Lanzarote, con una capacidad de depuración de 9 m³/día; no interesándose constitución de servidumbre o declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios; se someta la misma al trámite de información pública por plazo de treinta (30) días.