PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE LANZAROTE (TERCER CICLO)
EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LOS RIESGOS DE INUNDACIÓN
El CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LANZAROTE, conforme con lo previsto en la Ley l2/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, y en sus Reglamentos de desarrollo, así como, en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de
inundación, hace saber:
Que en la sesión ordinaria de la Junta General y de la Junta de Gobierno, celebrada conjuntamente el martes 14 de enero de 2025,
se adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.- Tomar en consideración el documento denominado “Revisión y actualización de la evaluación preliminar del riesgo de
inundación. EPRI 3er Ciclo. Demarcación Hidrográfica de Lanzarote. Noviembre de 2024.”.
Segundo.- Someter el documento al trámite de información pública y consulta por plazo de 3 meses, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y publicando su contenido en la página web del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme a lo previsto en los artículos 7.4 y 21.1 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.”.
Lo que se pone en conocimiento a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular las alegaciones que estime oportunas en el plazo de 3 meses, contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, estando disponible el documento sometido a trámite en la sede del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, ubicada en la Avenida Fred Olsen, s/n, en Arrecife de Lanzarote, en horario de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, así como, en la página web de este organismo, cuya url web es la siguiente:
https://aguaslanzarote.com/wps/informacion-y-consulta-publica/
Pudiéndose presentar las observaciones y sugerencias que se formulen por los mecanismos previstos por la legislación vigente, así como, a través de la sede electrónica del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote cuyo enlace url web es el siguiente:
https://consejoinsularaguaslanzarote.sedelectronica.es”.
Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (Tercer Ciclo) de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote |
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Anuncio para someter al trámite de información pública y consulta el acuerdo adoptado por la junta general y de la junta de gobierno del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote en la sesión ordinaria celebrada el martes 14 de enero de 2025 relativo a la revisión y actualización de la Evaluación Preliminar de los Riesgos de Inundación de Tercer Ciclo |
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Anuncio de 22 de enero de 2025, por el que se somete a información pública y consulta el acuerdo relativo a la revisión y actualización de la evaluación preliminar de los riesgos de inundación de tercer ciclo.- Expte. 483-2024 (Boletín Oficial de Canarias núm. 23, 4 de febrero de 2025) |
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PLAN HIDROLÓGICO INSULAR DE LANZAROTE (CUARTO CICLO)
Fase de planificación correspondiente al periodo comprendido entre el 2027 y el 2033.
ELABORACIÓN DE DOCUMENTOS INICIALES
El CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE LANZAROTE, conforme con lo previsto en la Ley l2/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, y en sus Reglamentos de desarrollo, así como, en el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, de por el que se aprueba el Reglamento de
la Planificación Hidrológica, hace saber:
Que en la sesión ordinaria de la Junta General y de la Junta de Gobierno, celebrada conjuntamente el martes 14 de enero de 2025,
se adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.- Tomar en consideración el documento denominado “Documentos Iniciales. Memoria y anexos – Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica de Lanzarote – Cuarto Ciclo 2027-2033. Diciembre de 2024.”.
Segundo.- Someter el documento al trámite de información pública y consulta por plazo de 6 meses, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y publicando su contenido en la página web del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme a lo previsto en los artículos 73 y 74 del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.”.
Lo que se pone en conocimiento a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular las alegaciones que estime
oportunas en el plazo de 6 meses, contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, estando disponible el documento sometido a trámite (en el que se incluye el programa de trabajo, el calendario, estudio general sobre la demarcación, fórmulas de consulta y los anexos de autoridades competentes y unidades de demanda), en la sede del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, ubicada en la Avenida Fred Olsen, s/n, en Arrecife de Lanzarote, en horario de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, así como, en la página web de este organismo, cuya url web es la siguiente:
https://aguaslanzarote.com/wps/informacion-y-consulta-publica/
Pudiéndose presentar las observaciones y sugerencias que se formulen por los mecanismos previstos por la legislación vigente, así como, a través de la sede electrónica del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote cuyo enlace url web es el siguiente:
https://consejoinsularaguaslanzarote.sedelectronica.es”.
Descargar Documentos Iniciales |
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Anuncio para someter al trámite de información pública y consulta el acuerdo adoptado por la junta general y de la junta de gobierno del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote en la sesión ordinaria celebrada el martes 14 de enero de 2025 relativo a los documentos iniciales -memoria y anexos- del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote de cuarto ciclo |
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Anuncio de 22 de enero de 2025, por el que se somete a información pública y consulta el acuerdo relativo a los Documentos iniciales -Memoria y anexos- del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote de cuarto ciclo.- Expte. 484-2024 (Boletín Oficial de Canarias núm. 23, 4 de febrero de 2025) |
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VERSIÓN INICIAL DEL PLAN HIDROLÓGICO INSULAR DE LANZAROTE (TERCER CICLO), DEL PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN DE LANZAROTE (SEGUNDO CICLO), Y SU ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO CONJUNTO
INFORMACIÓN PÚBLICA Y CONSULTA (ANUNCIO BOC Nº 181 – 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021)
El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme a lo señalado por el Real Decreto 907/2007, que aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica, y al Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, procede la elaboración y actualización del Plan Hidrológico Insular y Plan de Gestión de Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote, HACE SABER:
De acuerdo con el artículo 13.7 de la Directiva 2000/60/CE y según la competencia atribuida al Consejo Insular de Aguas por el artículo 40.1 de la Ley de Aguas de Canarias, a los efectos de garantizar la participación pública de cualquier interesado en el presente proceso de planificación, se pone en conocimiento del público en general lo siguiente:
La Junta General del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, reunida en sesión extraordinaria el 29 de julio de 2021, acordó tomar en consideración y aprobar la Versión inicial del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote del 3er Ciclo (2021-2027) y la Versión inicial del “Plan de Gestión de Riesgo de Inundación” del 2o Ciclo (2021-2027), de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote, así como el Estudio Ambiental Estratégico conjunto, constando todo ello de los siguientes documentos:
- Plan Hidrológico de Lanzarote, 3er Ciclo (2021-2027): documento memoria, normativa, anexo cartográfico (junio 2021).
- Plan de Gestión de Riesgo de Inundación del 2o Ciclo (2021-2027): documento memoria, anejo 1; caracterización de las ARPSIS, anejo 2: programa de medidas, anejo 3: listado de autoridades competentes (junio 2021).
La documentación se encuentra disponible en soporte digital, en las dependencias del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, sitas en la sede del Excelentísimo Cabildo Insular de Lanzarote, ubicado en la Avenida Fred Olsen, s/n, en Arrecife de Lanzarote, en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas; así como, en la página web del Consejo Insular de Aguas: www.aguaslanzarote.com, con el objeto de que cualquier interesado pueda formular observaciones y sugerencias a los mismos, conforme prevé la legislación vigente.
Así como, mediante cualquiera de las fórmulas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se establecen los siguientes periodos de consulta pública:
- Seis (6) meses conforme al artículo 80.3 del Real Decreto 907/2007, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias para los documentos que conforman el Plan Hidrológico de Lanzarote, 3er Ciclo (2021-2027). Documentos: memoria, normativa, anexo cartográfico.
- Tres (3) meses conforme al artículo 13.3 del Real Decreto 903/2010, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias para los documentos que conforman el Plan de Gestión de Riesgo de Inundación del 2o Ciclo (2021- 2027). Documentos: memoria, anejo 1: caracterización de las ARPSIS, anejo 2: programa de medidas, anejo 3: Listado de autoridades competentes.
- Cuarenta y cinco (45) días hábiles conforme al artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias para los documentos: Estudio Ambiental Estratégico, Plan Hidrológico y Plan de Riesgos de Inundación, Ciclo (2021-2027) de la Demarcación Hidrográfica de Lanzarote.
Las propuestas, observaciones y sugerencias podrán presentarse en el registro de este Organismo, a través de la plataforma SIR, de la sede electrónica (http:// consejoinsularaguaslanzarote.sedelectronica.es), o en el caso de personas físicas no obligadas a comunicación electrónica, en la dirección física citada, o en cualquier de los registros habilitados conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo cual se expone al público al objeto de que cualquier interesado pueda formular observaciones y sugerencias tal y como dispone el artículo 14 de la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE), así como el artículo 41.5 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas del Estado, y los artículos 72 y siguientes del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.
Versión inicial del tercer ciclo del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote - Memoria y Anexos |
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Versión inicial del tercer ciclo del Plan Hidrológico Insular de Lanzarote - Normativa |
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Versión inicial del segundo ciclo del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de Lanzarote |
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Estudio Ambiental Estratégico |
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Anuncio en el BOC |
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